lunes, 15 de noviembre de 2010

DECLARACIÓN DE ESTAMBÚL: TRÁFICO DE ÓRGANOS, COMERCIO Y VIAJE DE TRASPLANTES


Del 30 de abril al 2 de mayo de 2008, más de 150 representantes de diferentes países, organismos científicos, sociales y éticos acudieron a Estambúl, Turquía para deliberar y acordar acerca de algunos de los problemas más significativos que actualmente enfrenta la donación y los trasplantes de órganos, tejidos y células humanas en el mundo, especialmente en algunos países en vías de desarrollo.

Los dos principales problemas son: a) tráfico de seres humanos que se utilizan para extraerles órganos y b) el turismo de personas de países ricos que buscan en países pobres poder comprar un órgano que les salve la vida.


Una propuesta de trabajo fue desarrollada por la Sociedad de Trasplantes y la Sociedad Internacional de Nefrología ( por sus siglas en inglés TTS e ISN respectivamente ).


Las definiciones que emitieron son las siguientes:


1.- Tráfico de órganos.
Es la obtención, transporte, transferencia, encubrimiento o recepción de personas vivas o fallecidas o sus órganos, mediante una amenaza, el uso de la fuerza u otras formas de coacción, secuestro, fraude, engaño, abuso de poder o de posición vulnerable o la entrega o recepción de pagos o beneficios por parte de un tercero para obtener el traspaso de control sobre el donante potencial, dirigido a la explotación mediantenla extracción de órganos para trasplante.


2.- La comercialización de trasplantes.
Es una política o práctica en la que un órgano se trata como una mercancia, incluida la compra, venta o utilización para conseguir beneficios materiales.


3.- El viaje para trasplante.
Es el traslado de órganos, donantes, receptores, o profesionales de los trasplantes fuera de las fronteras juridiccionales dirigido a realizar un trasplante.


4.- Turismo de trasplantes.
El viaje para trasplantes se convierte en turismo de trasplantes si implica el tráfico de órganos o la comercialización de trasplantes, o si los recursos ( órganos, profesionales, centros de trasplantes ) dedicados a suministrar trasplantes a pacientes de otro país, debilitan la capacidad del país de ofrecer servicios de trasplantes a su propia población.



Estás definiciones han permeado a todos los países y sirven de fundamento para definir estas acciones. Esto permite legislar en contra de ellas, así como organizar grupos interdisciplinarios alrededor del mundo que detecten y denuncien cualquiera de estos actos.


La Declaración de Estambúl, incluyó también una serie de recomendaciones que poco a poco se han ido adoptando por todos los países como guías a seguir con el único fin de promover la donación y los trasplantes éticos de órganos, tejidos y células humanas.




Ustedes podrán encontrar mucho más al respecto en internet.

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